Quita de un punto, 2 partidos a puerta cerrada y multa para Peñarol

Es por los incidentes en el último clásico. Los dos juegos a puerta cerrada no podrán ser en el Centenario. La multa es de 500 UR.

La Comisión Disciplinaria de la AUF se expidió finalmente por los incidentes en el último clásico. La resolución se conoció este jueves y establece que los aurinegros pierden un punto en el Campeonato Uruguayo que terminó. Además, tendrán que jugar dos partidos como locatario a puerta cerrada y pagar una multa de 500 Unidades Reajustables (unos 405.000 pesos).

El fallo aclara que los dos partidos que juegue a puerta cerrada no podrán ser en el Estadio Centenario.

La Comisión había fallado en primera instancia a través de un decreto para dar por terminado el partido clásico, al que le faltaban siete minutos, y designar a Nacional como campeón uruguayo. En aquel momento se dejó para una segunda instancia la evaluación de las sanciones que recibirían los aurinegros por los incidentes causados por sus hinchas.

Finalmente, este jueves se conoció la sanción que, tras varias especulaciones, fue más leve que la que recibió Cerro por los incidentes en el estadio Luis Tróccoli, cuando enfrentó a Peñarol. 

a) En aplicación del art. 5º), confirmar la existencia de responsabilidad del CA Peñarol en relación a los hechos acaecidos el día 14 de Junio de 2015 en el Estadio Centenario, puntualmente en Tribuna y Talud Amsterdam con influencia excluyente en el normal desarrollo del encuentro y su posterior suspensión.

b) Confirmar lo resuelto en oportunidad del dictado del decreto de instrucción, disponiéndose la finalización del partido, perdiendo el Club Atlético Peñarol los tres puntos en disputa a favor del Club Nacional de Football, con la consecuente pérdida de Un (1) punto en el torneo en disputa del art. 5.9.2, Lit. B).

c) Sancionar al Club Atlético Peñarol con la obligación de jugar 2 (dos) partidos en los que actué como locatario a puerta cerrada (art. 14, literal G) del C. Disciplinario).

d) Sancionar al Club Atlético Peñarol con la prohibición de jugar los citados 2 (dos) partidos a puerta cerrada en del Estadio Centenario (art. 14, literal H) del C. Disciplinario).

e) Sancionar al Club Atlético Peñarol con una multa económica equivalente a 500 Unidades Reajustables (art. 14.2 del C. Disciplinario).

 

 

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