Hoy se vota la Ley de Inclusión Financiera en el Senado

El texto definitivo que entrará en vigencia en 90 días. Sus contenidos: baja del IVA, cobro salarial con tarjeta, y reglas para créditos con descuento directo del salario

Este jueves, desde las 9.30 horas, el Senado debate el polémico proyecto de ley de Inclusión Financiera que genera reparos en las cooperativas de crédito.Si se aprobara la norma, también llamada “ley de bancarización”, entrará en vigencia en 90 días.

Entre los temas trascendentes que pondrá en funcionamiento estará la rebaja del IVA para compras con medios electrónicos y la obligatoriedad de que los salarios sean pagos a través de cuentas o cajas de ahorro con tarjeta de débito.

El Frente Amplio analizó cambios de último momento. Los dos principales sectores del gobierno -el MPP (mujiquismo) y el Frente Líber Seregni (astorismo)- quieren que el articulado se vote como está.

Uno de los temas en discusión es, por ejemplo, modificar el orden de prioridad para efectuar el descuento en los sueldos cuando se otorgan créditos personales. El otro cambio es el del porcentaje de retención en los salarios para descuentos por crédito.

Hasta ahora la lista de prioridades, en su orden: Banco República, Banco Hipotecario, y luego bancos privados y cooperativas.

Una de las principales empresas cooperativas, ANDA, portavoz de las empresas de ahorro y crédito, cerrará todos sus locales durante este jueves para que los empleados puedan asistir a la sesión en el Palacio Legislativo. La empresa mantiene fuerte polémica con AEBU, el gremio bancario. Anda reclama, también, su status de empresa prestadora de servicios de salud y de garantía de alquileres.

Las cooperativas atienden a sectores más vulnerables que el sistema bancario, explicó el senador Eduardo Brenta, de la Vertiente. “El porcentaje de créditos no indica que las cooperativa puedan distorsionar el mercado”, agregó.

La otra modificación es el porcentaje mínimo salarial afectado por el pago de créditos. De acuerdo al proyecto, ninguna persona podrá percibir menos del 30% del monto nominal del salario, una vez deducidos los impuestos a la renta y las contribuciones a la seguridad social.

El texto indica que ese porcentaje límite deberá ir in crescendo con los años: 35% en 2015, 40% en 2016, 45% en 2017 y 50% en 2018. Esto ya había sufrido cambios, ya que se planeaba llevar la retención máxima de 50% en 2016.

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