Derogaron censura previa y exclusión de horario de protección

Mujica firmó el decreto que deroga el artículo que permitía la censura previa y el que excluía a determinados programas del horario de protección al menor.

 

El presidente José Mujica firmó el decreto que deroga los artículos 2 y 4 del Decreto 445 de julio de 1988.

El artículo 2 permitía que el Estado controle algunos contenidos, previamente a su emisión, y el 4 excluía a “los programas deportivos, de contenido político e informativos” del horario de protección al menor.

Según informa el sitio web de Presidencia de la República, el decreto firmado por Mujica fundamenta esta decisión en el hecho de que en las normas vigentes “persisten disposiciones reglamentarias que son incompatibles con la legislación nacional y los estándares internacionales reconocidos en nuestro país que refieren al derecho a la libertad de expresión y los derechos de los niños, niñas y adolescentes”.

Además señala la importancia que tiene los medios de comunicación en nuestra sociedad y “que la democracia no admite la persistencia de normas que habilitan la censura previa”.

- Este es el texto del decreto firmado por el presidente Mujica.

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